Si bien
resulta bochornosa la necesidad de articular jurídicamente una norma contra la
violencia de Género, lo es más aún que en el año 2012 continúen produciéndose
día a día situaciones de desamparo, discriminación y maltrato por razones de
sexo. LA VIOLENCIA DE GÉNERO constituye el símbolo más brutal
de la desigualdad existente en nuestra sociedad; se trata de una violencia que
se dirige sobre las mujeres por el hecho mismo de serlo, por ser consideradas,
por sus agresores, carentes de los derechos mínimos de libertad, respeto y
capacidad de decisión. La Ley contra la Violencia de Género data de 2004 y así
reza su exposición de motivos. Dicha LO se fundamenta en el art. 15 de nuestra
Carta Magna, en relación al dcho. A la vida, y a la integridad física y moral.
A mi entender su plasmación definitiva como hoy la conocemos fue sumamente
tardía, ya que La ONU, en la IV Conferencia Mundial de 1995, ya reconoció la
violencia contra las mujeres como un obstáculo para lograr los objetivos de
igualdad, desarrollo y paz, y al mismo tiempo la consideró una violación y
menoscabo de los derechos humanos y las libertades fundamentales. Llegando
incluso a definir el maltrato como las
agresiones sufridas por la mujer como consecuencia de los condicionantes
socioculturales que actúan sobre el género masculino y femenino, situándola en
una posición de subordinación y manifestadas en tres ámbitos: maltrato en el
seno de las relaciones de pareja, agresión sexual en la vida social y acoso en
el medio laboral. Anteriormente también hubo acercamientos
importantes (Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación
contra la Mujer, hecha en Nueva York en el 79). El ámbito de la
Ley abarca tanto los aspectos preventivos, educativos, sociales, asistenciales
y de atención posterior a las víctimas, como la normativa civil que incide en
el ámbito familiar o de convivencia donde suelen producirse las agresiones.
Igualmente se aborda con la respuesta punitiva a estas horribles manifestaciones. Lo que debe quedar
claro es que esta LEY debe comenzar en casa, como un proceso general y
prioritario de socialización y educación, aunque suene utópico, en aras de
conquistar una igualdad y respeto plenos a la dignidad y a la libertad humana.