Bienvenidos a Fábulas Y Leyes
Reflexiones y cortos Literarios y Jurídicos. Por Antonio J. Lora
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Twitter: @ajloratroya
martes, 5 de noviembre de 2013
Resulta no menos que curioso... El Comercio Electrónico
El comercio electrónico es una modalidad de compra a distancia que está proliferando mucho en los últimos tiempos. La comodidad de adquirir un producto sin movernos de casa, hace que algunos consumidores se decanten por esta nueva forma de consumo, igualmente supone un ahorro considerable para las empresas suministradoras, permitiendo ofrecer productos a una precio más bajo. En cualquier caso, como técnica de compra, los consumidores deben tener en cuenta ciertas previsiones, “una adecuada propuesta e información de contratación, todo lo concerniente a entrega del bien su pago, el Derecho de desistimiento”. En lo referente a los contratos, hay que decir que, al igual que cualquier contrato ordinario, los celebrados electrónicamente sólo serán válidos cuando concurran los elementos básicos: “consentimiento, sujeto y objeto”, además de cualquier otro requisito exigido por Ley. La prueba de la celebración de un contrato por vía electrónica se sujetará a las reglas generales del ordenamiento jurídico, así como a lo establecido en la legislación sobre firma electrónica. Cabe reseñar que el profesional tendrá la obligación de informar al destinatario de manera clara, comprensible e inequívoca, y antes de iniciar el procedimiento de contratación. Igualmente es necesario asegurarse de que la tienda cumple con la LOPD. En cualquier caso, antes de proporcionar datos hemos de asegurarnos que el entorno de operación es seguro (el mismo navegador lo indica con un candado cerrado, además de pasar la URL de “http a https”). Para finalizar, la determinación de la ley aplicable a estos contrato se hará en base a lo dispuestos en las normas de Derecho Internacional Privado, en ese sentido la Ley 34/2002 es de aplicación a los prestadores establecidos en España y a los servicios prestados por ellos, así como los prestadores establecidos en un Estado miembro de la UE, cuando el destinatario de los servicios radique en España (siempre y cuando afecten a determinadas materias). Una última recomendación es que antes de hacer una compra a través de Internet, compruebe que en la web figuran datos de ubicación de la tienda virtual, así como mercantiles, datos que permitan contactar con la empresa de manera rápida, directa y efectiva.
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